Plan Renova tu vehículo 2024 - IN421T, IN421U

Plan Renova tu vehículo 2024 - IN421T, IN421U

Inicio solicitud

Fin solicitud

Año convocatoria

2024

Código(s):

IN421T, IN421U

Concurrencia:

No competitiva

Fondos:

Propios

Plazo solicitud de adhesión de entidades colaboradoras:  desde las 9:00h del 15 de diciembre de 2023 a 15 de septiembre de 2024 (artículo 4.4).

A continuación, se describen brevemente las características principales de esta línea de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, aunque la información que se considerará oficial para todos los efectos será la publicada en la Resolución de 27 de noviembre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva relativas al Plan Renova o teu Vehículo, así como la selección de entidades colaboradoras que participarán en su gestión y si procede a la convocatoria para la anualidad 2024 (Códigos IN421T e IN421U). (DOG de 14 de diciembre de 2023).

RESOLUCIÓN de 12 de febrero de 2024 por la que se amplía el crédito presupuestario establecido en la Resolución de 27 de noviembre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras del Plan Renueva tu vehículo, así como la selección de entidades colaboradoras que participarán en su gestión, y se procede a la convocatoria, mediante tramitación anticipada, para la anualidad 2024 (códigos de procedimiento IN421T e IN421U). (DOG del 16 de febrero de 2024).

Consultar el listado de entidades colaboradoras adheridas

RESOLUCIÓN de 6 de marzo de 2024 por la que se redistribuyen los créditos presupuestarios por epígrafes recogidos en la Resolución de 27 de noviembre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras del Plan Renueva tu vehículo, así como la selección de entidades colaboradoras que participarán en su gestión, y se procede a la convocatoria para la anualidad 2024 (códigos de procedimiento IN421T e IN421U).(DOG del 12 de marzo de 2024).

1. Conceptos objeto de la subvención

Será objeto de subvención la adquisición de vehículos nuevos turismos (M1) o furgonetas (N1) que cumplan las características energéticas indicadas a continuación y tengan un coste inferior o igual a 42.000 € (impuestos incluidos), que se amplía a 47.000 € para vehículos eléctricos con autonomía mayor a 30 km en modo eléctrico.

a) Vehículos M1 (Turismos) con un valor de emisiones iguales o inferiores a 125 g CO2/km. Se establecen dos categorías que recibirán diferente intensidad de ayuda:
Tipo 1: Con emisiones iguales o inferiores a 110 g CO2/km
Tipo 2: Con emisiones iguales o inferiores a 125 g CO2/km

b) Vehículos N1 (Furgonetas) con un valor de emisiones inferiores o iguales a 120 g CO2/km en el caso de vehículos con MTMA < 2.500 kg, ou con unas emisiones inferiores o iguales a 185 g CO2/km en el caso de vehículos con MTMA ≥ 2.500 kg
Para verificar el cumplimiento de estos requisitos energéticos se tendrá en cuenta la información disponible en la Base de datos de Vehículos de la página web del IDAE, y , en el caso de no estar disponible dicha información o ser contradictoria, la documentación acreditativa del fabricante. Se puede consultar la base de datos de vehículos en el link: http://coches.idae.es/base-datos/marca-y-modelo

2. Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en las bases, los sujetos que se enumeran a continuación:

a) Las personas físicas con residencia habitual en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia.
b) Las empresas legalmente constituidas y los empresarios autónomos, que tengan domicilio social o algún centro de trabajo en Galicia.

TIPO DE BENEFICIARIO PRESUPUESTO (€)
PERSONAS FÍSICAS 2.700.000,00
AUTÓNOMOS O EMPRESAS 300.000

Para acceder a la subvención, será requisito imprescindible que el adquirente titular del vehículo objeto de la subvención acredite la baja definitiva en circulación de un vehículo a achatarrar en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico, mediante la presentación del correspondiente certificado acreditativo de la baja definitiva del vehículo. El vehículo a achatarrar deberá ser, indistintamente, de categoría M1 o N1, estar matriculado en España y tener una antigüedad, contada desde la fecha de su primera matriculación y hasta el día en el que se hace la solicitud de la ayuda, de, por lo menos, diez años, en el caso de vehículos M1, o de cinco años, en el caso de vehículos N1. Adicionalmente, el vehículo a desmantelar deberá estar al día en el pago del Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica y el solicitante titular del vehículo susceptible de la ayuda, el cónyuge o un familiar de primer grado (por consanguinidad o afinidad ) deberá ostentar la titularidad del vehículo a achatarrar, como mínimo, desde el día anterior a la publicación de la presente convocatoria.

3. Período de actuaciones objeto de la subvención

Podrán tener derecho a la subvención las actuacións que se ejecuten dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2024. Por lo tanto, la totalidad de las facturas y los justificantes de pago tienen que tener fecha posterior al 1 de enero y anterior al 30 de setembro.

4. Cuantía de la ayuda

En la siguiente tabla se resume la ayuda del Plan en función del tipo de vehículo

TIPO DE VEHÍCULO AYUDA INEGA (€) AYUDA ADICIONAL FAMILIAS NUMEROSAS (€) DESCUENTO CONCESIONARIO (antes de impuestos) (€) TOTAL (*)
Tipo 1 3.000 600 1.000 4.000 / 4.600
Tipo 2 2.000 400 1.000 3.000 / 3.400
Tipo 3 2.000 400 1.000 3.000 / 3.400

(*) La segunda cantidad es exclusiva para solicitantes que formen parte de una familia numerosa, para los que la ayuda del Inega se incrementa un 20 %.

El ahorro por vehículo del Plan de Transición a una movilidad eficiente corresponderá una parte a la ayuda pública y otra a un descuento antes de impuestos asumido por el fabricante/importador o punto de venta. El pago de la ayuda pública se realizará directamente al concesionario, por lo que, el beneficiario final ya no tendrá que desembolsarla previamente.

Una persona física solo podrá adquirir un único vehículo M1 o N1. 

Un autónomo o empresa solo podrá adquirir un máximo de diez vehículos.

5. Solicitud de adhesión de entidades colaboradoras

El plazo de solicitud de adhesión de entidades colaboradoras es desde el 15 de diciembre de 2023 hasta el 15 de septiembre de 2024 (artículo 4.4).

Podrán ser entidades colaboradoras los concesionarios o puntos de venda cuyo epígrafe de la sección primeia de las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, sea 615.1 (comercio al por mayor de vehículos, motocicletas, bicicletas y sus accesorios) o 654.1 (comercio al por menor de vehículos terrestres). Las entidades colaboradoras tiene que tener su domicilio social o algún centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Proceso de solicitud de adhesión de las entidades colaboradoras

a.- La primera vez que la entidad colaboradora acceda a la aplicación se asignará un usuario y una contraseña. Este usuario y contraseña serán válidos para consultar el estado da solicitud de adhesión, para cubrir las solicitudes de ayuda y para ver su estado.

b.- La entidad colaboradora deberá acceder a la aplicación informática disponible en la página web del Inega (https://www.inega.gal) o accesible desde la sede electrónica da Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal) para cubrir la solicitud de adhesión (Anexo II) y el Convenio de colaboración (Anexo III).


Una vez generada la solicitud normalizada deberá presentarla por vía electrónica.

Si la documentación presentada está completa, se formalizará la adhesión de la entidad colaboradora. En el caso de detectarse alguna deficiencia, se procederá al envío de un requirimento de enmienda, suspendiéndose la formalización de la adhesión de la entidad colaboradora hasta que complete la totalidad de la documentación.

6. Plazo para la presentación de la solicitud de ayuda

O prazo de presentación de solicitudes comeza o día 17 de xaneiro de 2024 ás 9:00h e finaliza o 30 de setembro de 2024. A concesión das axudas realizarase en réxime de concorrencia non competitiva, asignando os fondos por orde de entrada no rexistro. Son elixibles os vehículos adquiridos dende o 1 de xaneiro de 2024 e entregados antes do 30 de setembro de 2024.

7. Procedimiento presentación de la solicitud de ayuda

Solo podrán presentar solicitudes las entidades colaboradoras adheridas. La presentación de las solicitudes se realizará únicamente por medios electrónicos a través del formulario electrónico normalizado accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal, y en la página web del Inega, www.inega.gal.

Para poder presentar a solicitude deberase achegar, conxuntamente coa mesma, copia dixitalizada da seguinte documentación:
- Autorización para a representación, anexo V.
- Oferta do vehículo que se pretende adquirir.
- Captura da Base de datos de Vehículos da páxina web do IDAE.
- Fotocopia da Ficha Técnica (tarxeta ITV) do vehículo a achatarrar.
- Permiso de circulación do vehículo a achatarrar.
- Xustificante de estar ao día no pagamento do Imposto sobre vehículos de tracción mecánica.

El solicitante o representante legal deberá poseer un DNI electrónico o cualquier otro certificado digital en vigor.

Una vez presentada la solicitud y reservados los fondos, la ayuda se considerará pre-concedida y se podrá proceder a su ejecución y, posteriormente, a presentar la solicitude de pago.

8. Documentación complementaria solicitude

Declaración de otorgamiento de representación (Anexo V)

- Autorización de la persona titular del vehículo a achatarrar (Anexo VII)

9. Solicitud de pago

Una vez hecha la reserva de fondos y ejecutada la actuación, podrá solicitar el pago de la ayuda rellenando y presentando a través de la aplicación informática el Anexo VI de solicitud de pago acompañado de la siguiente documentación:

a) Facturas.

b) Documentación justificativa del pago.

c) Ficha Técnica (tarjeta ITV) del vehículo adquirido.

d) Permiso de Circulación del vehículo adquirido o Permiso de Circulación Provisional emitido por la Dirección General de Tráfico.

e) Certificado acreditativo de la baja definitiva del vehículo a achatarrar.

10. Requerimientos de Enmienda

Según el artículo 18 de la convocatoria, cualquier notificación se realizará a través de medios electrónicos mediante el sistema de notificación electrónica de Galicia -Notifica.gal disponible a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal), en el apartado Notificaciones electrónicas.

Este sistema remitirá a las personas interesadas avisos de la puesta a disposición de las notificaciones a su cuenta de correo y/o teléfono móvil que consten en la solicitud. Estos avisos no tendrán, en ningún caso, efectos de notificación practicada y su falta no impedirá que la notificación sea considerada plenamente válida.

Todos los trámites administrativos (presentación de la solicitud, presentación de la documentación requerida…) que las personas interesadas deban realizar durante la tramitación de este procedimiento deberán ser realizados electrónicamente a través de la aplicación informática habilitada para estas ayudas, accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal) o de la página web del Inega (www.inega.gal).

11. Acceso a la aplicación informática

Presione para el acceso a la aplicación informática para llenar y presentar las solicitudes de adhesión de entidades colaboradoras.

Clique para el acceso a la aplicación informática para cumplimentar y presentar las solicitudes de ayuda.

12. Más información

Para más información pueden contactar con el Inega a través del teléfono: 981 953 543.

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